Según los profesionales del sector, son 8 de cada 10 arrendadores los que afirman que no se sienten seguros ni protegidos legalmente en el caso de que ocurra un conflicto con el inquilino, como es el impago de la renta o cómo dejarán la vivienda los inquilinos cuando termine el contrato de alquiler.

Este hecho lo que está provocando es que la contratación de seguros que cubran este tipo de situaciones se dispare hasta llegar a un 124%, ya que los arrendadores exigen tener una base jurídica suficiente para garantizar que cobrarán la renta.

Dependiendo del tipo de seguro contratado y las coberturas de este mismo, no solo se cubrirá la renta, también pueden implicar un seguro por los daños a la vivienda, robos al inmueble e incluso defensa legal para más tranquilidad del arrendador.

Lo que implican la contratación de este tipo de seguros es que en cuanto se produzca un conflicto entre inquilino y arrendador por el impago del alquiler, éste último pueda notificarlo inmediatamente para resolverlo cuanto antes, y, en algunos casos, la aseguradora puede adelantar las cuotas impagadas.

Pero, ¿qué se debería tener en cuenta antes de contratar un seguro?

  1. Si la aseguradora es de confianza comprobando si está reconocida por la Dirección General de Seguro y Fondo de Pensiones.
  2. Indispensable que la cobertura de la póliza sea de al menos un año para estar totalmente cubierto en el caso de que el inquilino deje de pagar las cuotas y se requiera pedir un desahucio.
  3. El tiempo que la vivienda vaya a estar en alquiler es un factor a tener muy en cuenta ya que las condiciones del seguro varían según si el alquiler es para solo una temporada o para un periodo de tiempo a largo plazo.
  4. Conocer y estudiar a los inquilinos de la vivienda para adaptar el seguro a las condiciones requeridas y cubrir todo lo posible.
  5. Siempre debe contratar el seguro el propietario, ya que es su responsabilidad.
  6. Analizar bien los contratos y las coberturas contratadas ya que pueden tener letras pequeñas o anuncios engañosos que desfavorezcan la situación del arrendador o que puedan dar a error.
  7. Hacer fotografías y llevar un inventario de lo que está en la vivienda es una buena idea para añadirlo en el contrato de alquiler y así tener pruebas en el caso de que se produzcan daños en la vivienda.

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